La juventud y los partidos políticos: ¿oposición o posición?

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Octavio Rodríguez Araujo

Résumé

La Constitución Política en sus artículos 55 y 58 refor­mados este año, menciona que podrán ser diputados y senadores jóvenes de 21 y 30 años respectivamente y que, para ocupar uno de estos puestos es necesario ser propuesto por uno de los partidos políticos recono­cidos oficialmente en México.

Los partidos que pueden legalmente participar en las justas electorales son —por orden de antigüedad— los siguientes: Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido de Acción Nacional (PAN), Partido Popular Socialista (PPS) y Partido Auténtico de la Revolución Mexicana (PARM).

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Renseignements sur l'article

Comment citer
Rodríguez Araujo, O. (2022). La juventud y los partidos políticos: ¿oposición o posición?. Revista Mexicana De Ciencias Políticas Y Sociales, 18(70). https://doi.org/10.22201/fcpys.2448492xe.1972.70.81867

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