Introducción
En 1795, Immanuel Kant publicó su libro Sobre la paz perpetua. De forma innovadora, Kant abriría el camino al estudio de la paz y no de la guerra,
como en el pasado lo hicieron autores como Nicolás Maquiavelo o Thomas Hobbes, considerados
creadores del realismo político. La nueva corriente idealista establecía que los Estados
republicanos (no las personas) serían capaces de renunciar a su estado de libertad
salvaje y formar racionalmente una comunidad pacífica. Su base sería un pacto que
reconociera la existencia de un Derecho de gentes (ius gentium), no de guerra (ius ad bellum), que respetara la soberanía de los Estados y regulara sus relaciones sin la necesidad
de recurrir al conflicto (Kant 1795).
Sin embargo, esta propuesta innovadora planteada en el tratado filosófico y político
de la paz perpetua no tuvo la aceptación suficiente entre los dirigentes de los Estados
ni en la academia de aquella época. A pesar de que Kant aceptaba, al igual que el
realismo, que el actor principal de las relaciones internacionales era el Estado,
sus ideas acerca del Derecho de gentes y una paz universal seguían considerándose
como un objetivo alejado de la realidad y hasta cierto punto, imposible de alcanzar.
Fundados en la idea de que sus relaciones se encontraban inmersas en un estado de
anarquía, los hechos demostrarían que los Estados seguirían conduciéndose de forma
irracional y violenta al momento de resolver sus disputas o hacer valer sus intereses
frente a otros Estados. Dicho estado no permitía crear las condiciones para establecer
una paz duradera, sino periodos de paz momentáneos que básicamente servían como una
etapa de preparación para una guerra en el futuro. Un ejemplo claro de ello fue el
periodo de la llamada “paz armada” (1871-1914) y el sistema de alianzas en Europa,
previo al estallido de la Primera Guerra Mundial.
Precisamente, el fin de este conflicto y la creación de la Sociedad de Naciones, el
28 de junio de 1919, pondrían nuevamente sobre la mesa las ideas de Kant de crear
una Confederación de Estados basada en el respeto a un Derecho Internacional, ante
el temor de que se diera nuevamente una guerra mundial de igual o peores dimensiones
y consecuencias. Esta propuesta sería planteada y desarrollada por las potencias vencedoras
de la “Gran Guerra”, aunque ahora sería complementada con un nuevo elemento: los 14
puntos del presidente estadounidense Woodrow Wilson.
Para este periodo histórico, el Estado seguía siendo el actor preponderante de las
relaciones internacionales. No obstante, la idea de una paz perpetua aún no era clara
en los objetivos del recién creado organismo, debido a que desde un inicio, su objetivo
general fue establecer un mecanismo de resolución de conflictos por medios pacíficos
y fundar un ente capaz de garantizar la creación y permanencia de condiciones de seguridad
entre los Estados, pero no la paz por sí misma, como puede comprobarse en el Pacto
de la Sociedad de Naciones.
Asimismo, la determinación de que Estados Unidos, Francia y Gran Bretaña fueran las
potencias encargadas de establecer el nuevo orden mundial seguía creando un clima
de insatisfacción por parte de los países derrotados y del resto de los Estados. Para
ellos, la Sociedad de Naciones representaba un organismo parcializado y dominado por
los intereses de las grandes potencias que establecía un sistema de relaciones interestatales
frágil y una paz tan endeble que en cualquier momento podría fragmentarse otra vez.
Esta visión de la paz en las relaciones internacionales perduraría solo por 20 años
y la Sociedad de Naciones presenciaría su propio fracaso con el inicio de la Segunda
Guerra Mundial en 1939. En ese momento, resultó evidente para todos los países que
los esfuerzos de la Sociedad de Naciones, desde su creación, no habían sido lo suficientemente
fuertes como para impedir un nuevo conflicto de mayores dimensiones. Por lo tanto,
instituir una paz duradera sería una labor no de un grupo de potencias, sino de toda
una comunidad internacional fundamentada en la igualdad de derechos.
Es así como, tras el término de la Segunda Guerra Mundial y la firma de la Carta de
las Naciones Unidas el 26 de junio de 1945, surge oficialmente la Organización de
las Naciones Unidas (ONU), el 24 de octubre de 1945. Finalmente, el idealismo de Kant
se vería materializado en la letra de los primeros dos puntos del primer artículo
de la Carta de Naciones Unidas, que expresan como objetivos de este organismo:
Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas
eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión
u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad
con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo
de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos
de la paz; y
Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio
de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar
otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal. (ONU 1945, 1).
Como podemos ver, la institucionalización de la paz incluyó elementos kantianos, como
la primacía del Estado como ente rector de las relaciones internacionales; la importancia
de crear una paz de carácter universal y duradera; los principios de justicia e igualdad
de derechos; el respeto a un Derecho Internacional; y, en cierta medida, el respeto
a la soberanía de los Estados, entendido como libre autodeterminación de los pueblos.
La creación de la ONU representó un avance trascendental en la conceptualización universal
de lo que hoy en día se entiende por paz entre los Estados, pero, sobre todo, significó
la adopción de una ideología creada por y para los Estados miembro de esta nueva comunidad
internacional. Al ser aceptada y aprobada consensualmente, el objetivo de respetar,
difundir, promover y hacer valer esta paz en el mundo sería ahora la principal tarea
legítima de los países miembro o no, en sus respectivos territorios.
El problema de definir a la paz
La idea de paz se ha ligado intrínsecamente a los conceptos de violencia y conflicto.
Si bien podemos encontrarnos con diversas explicaciones de lo que significan estos
dos últimos fenómenos, al tratar de encontrar una definición que nos revele cabalmente
qué significa la paz, tendríamos que remontarnos a las definiciones proporcionadas
por el desarrollo de los estudios para la paz, las cuales básicamente se resumen en
dos: 1) la paz negativa como ausencia de guerra, y que en los últimos años se ha ampliado
para englobar no solo la guerra sino también el conflicto y la violencia directa,
y, 2) la paz positiva, introducida por los trabajos de Johan Galtung, enfocada a la
satisfacción de las necesidades humanes más vitales, así como al reconocimiento, no
solo de la violencia directa sino también al de un tipo de violencia estructural en
la sociedad y sus instituciones.
La problemática que surge en ambas definiciones es, por un lado, que la paz negativa
conceptualiza la paz a partir de lo que no es, ante la imposibilidad de englobar todo
lo que la paz podría ser. No solo eso, esta definición vislumbra en términos absolutos
al fenómeno social del conflicto (en cualquiera de sus formas) como un elemento antagónico
a la idea de la paz. Por otro lado, la paz positiva ofrece una explicación más valorativa
de lo que la paz debería ser. Sin embargo, esto abre el panorama a una serie de imprecisiones
teórico-prácticas que figuran en metas establecidas, sobre todo desde el plano institucional,
en principios y valores “universales” como el desarrollo, la justicia y la seguridad;
conceptos que en ocasiones suelen usarse como sinónimo de paz.
La paz desde la perspectiva de Naciones Unidas
Desde el momento de su creación hace 72 años, hasta la actualidad, la ONU no cuenta
con una definición acerca de la paz. Si bien existen algunas aproximaciones a la paz
positiva en conceptos como
cultura de la paz
, definida como “un conjunto de valores, actitudes, comportamientos y estilos de
vida que rechazan la violencia y previenen los conflictos atacando sus raíces a través
del diálogo y la negociación entre los individuos, los grupos y los Estados” (ONU 1998, 1), la mayoría de las referencias que hace la ONU sobre a la paz se encuentran fuertemente
ligadas con la idea de seguridad.
El documento más importante que dio origen y estructura a este organismo, la Carta
de Naciones Unidas, da razón de la unión entre paz y seguridad como uno solo, sin
definir previamente lo que significa una u otra. De las 40 ocasiones en las que se
menciona en la Carta la palabra “paz”, en 26 de ellas se hace referencia al mantenimiento
de la paz (peacekeeping); en 5, a amenazas o situaciones de peligro para la paz; en 4, al quebrantamiento
de la paz; y, en 4 más, a restablecer, fomentar o promover la paz. Por lo tanto, no
existió (ni existe) referencia alguna que defina lo que la comunidad internacional
entendería por paz desde 1945 en adelante, aun cuando en dicho contexto parecía que,
epistemológicamente, era evidente lo que esta significaba.
No obstante, el mayor problema es la marcada relación entre paz y seguridad, siendo
esta última palabra repetida en la Carta en 138 ocasiones; 104 de ellas para referirse
al papel del Consejo de Seguridad en el mundo, encargado de velar por la paz y la
seguridad internacional. Precisamente, el hecho de que 5 de los 15 miembros del único
órgano coercitivo de Naciones Unidas sean permanentes (con base en el artículo 23
de la Carta), y que a su vez, estos posean un derecho de veto, pone en duda la imparcialidad
de sus decisiones en favor de esta supuesta paz y seguridad internacionales.
A pesar de que el derecho de veto no se encuentra escrito en la carta de la ONU, los
cinco miembros permanentes (China, Francia, Rusia, Reino Unido y Estados Unidos) acordaron
establecer esta estructura en la toma de decisiones del Consejo. Esto significa que,
además de los 9 votos favorables de sus miembros no permanentes, para adoptar una
resolución respecto a una amenaza a la paz y la seguridad internacional se necesita
el consentimiento de estos llamados “cinco grandes”. La justificación de que se incluyera
este mecanismo desde la fundación de la ONU fue el rol fundamental de esos países
en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, así como en la creación
del citado organismo.
En otras palabras, la creación del Consejo de Seguridad y las imprecisiones epistemológicas
de lo que se entiende por paz, o incluso por seguridad, son resultado de un contexto
político internacional enmarcado por la Guerra Fría, y el establecimiento de una nueva
balanza de poder en términos del realismo político, a la cual se sujetaron jurídicamente
el resto de los Estados, estratégicamente o no, con el fin de la Segunda Guerra Mundial.
No solo eso, la creación de la ONU representó un evento icónico en la conceptualización
“universal” de lo que hoy en día se entiende por paz (en términos de mantenimiento) entre los Estados. Es decir, que hablar de mantenimiento de la paz implicaba dar
por hecho que la paz ya existía en el mundo, y por ende, el problema sería solo saber
conservarla.
Al ser aceptada y aprobada en consenso por los Estados, se estableció una paz universal,
idéntica y compartida por la comunidad internacional, aun cuando no se explicaba exactamente
en qué consistía esta paz, cómo se lograba, o, incluso, aceptando que ya existiera,
cómo se preservaba. Lo cierto es que desde entonces, se ha tratado de la paz y la
seguridad desde y para los cinco miembros permanentes y sus aliados, no de esta llamada
comunidad internacional, y que por supuesto no es idéntica ni compartida. Se trata
por tanto, de una visión de paz dominante, vacía de definiciones, pero llena de valores
que corresponden a los intereses particulares de dichos Estados.
Además, el problema no se constriñe únicamente a la falta de definición o consenso
sobre la paz, si no se amplía al hecho de que esta paz se encuentra restringida al
marco estatal, creando con ello no una paz para la humanidad sino una paz para los
Estados. En la carta de la ONU, la palabra humanidad nunca se menciona y los Derechos
Humanos son mencionados únicamente en 7 ocasiones. Aun cuando tres años más tarde,
se elaborará la conocida Declaración Universal de Derechos Humanos, el enfoque de
la paz dentro del único artículo que la menciona seguirá siendo el mismo, como se
muestra en el artículo 26, párrafo 2, relativo al derecho a la educación:
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el
fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales;
favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos
los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las
Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
En este sentido, el poder de veto frente a las crecientes violaciones a Derechos Humanos
en contextos de violencia directa, indirecta o estructural, por la acción contraria
o la omisión de ciertos gobiernos en hacer respetar los Derechos Humanos, como lo
demuestran los múltiples y lamentables ejemplos en el mundo, reflejan perfectamente
el poder de la figura del Estado frente a la figura del ser humano, y la idea de paz
que prevalece en el sistema de Naciones Unidas.
Transgredir la paz es transgredir el orden
Dentro del paradigma de paz dominante, en 1956 surge una propuesta del Ministro de
Relaciones Exteriores de Canadá, Lester B. Pearson, quien sugirió al entonces Secretario
General de Naciones, Dag Hammarksjold, la idea de crear una fuerza militar de interposición
para reducir las tensiones ocasionadas por la crisis del Canal de Suez y permitir
el retiro de los ejércitos de Francia, Israel y Reino Unido del territorio egipcio
(Reyes 2005). Desde entonces, la evolución de los llamados “cascos azules” en las Operaciones
de Mantenimiento de la Paz (OMP) ha respondido a diversas exigencias propias de cada
contexto históricopolítico predominante, como sucedió durante y al final de la Guerra
Fría, o con la nueva agenda de seguridad impuesta por Estados Unidos después de los
atentados del 11 de septiembre de 2001.
Dicha transformación se ha hecho evidente con la transición de una estrategia de pacificación
que pasó de conformar fuerzas de interposición, a fuerzas de mantenimiento o incluso
de imposición de la paz. De esta forma, las OMP se han transformado para responder
a situaciones de conflicto que, por ejemplo, han dejado de ser predominantemente entre
Estados para dar pie a conflictos en su interior, y con ello, a nuevas formas de combate
y a nuevos actores beligerantes que suponen un reto a una visión dominante de paz
de corte estatocéntrico. Así pues, elaborando una definición con información del Departamento
de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas, las OMP actualmente
se podrían definir como:
Operaciones multidimensionales integradas por personal militar, policial y civil que
trabaja para salvaguardar la paz, proporcionar seguridad y facilitar procesos políticos,
proteger a civiles, ayudar en el desarme, la desmovilización y la reintegración de
ex combatientes; apoyar la organización de procesos electorales, proteger y promover
los derechos humanos, así como auxiliar a restablecer el estado de derecho. (ONU 2017).
Ahora bien, es importante anotar que el establecimiento de las operaciones de mantenimiento
de la paz no se encuentra estipulado en la Carta de Naciones Unidas. Incluso podría
pensarse que su existencia se halla fuera de la legalidad, con todo lo que ello conlleva
para los países que las han acogido, ya sea de forma voluntaria o impuesta, antes
y ahora. Sin embargo, de alguna u otra forma, las OMP han demostrado su viabilidad
ante ciertos conflictos o crisis a lo largo de los años.
Además, el Consejo de Seguridad se ha apoyado en el capítulo vii de la Carta para
proyectar en las OMP el cumplimiento del artículo 42 de la Carta de Naciones Unidas,
que permite al Consejo ejercer “la acción que sea necesaria para mantener o restablecer
la paz y la seguridad internacionales” (ONU 1945, 13). Sin embargo, para la ONU, la funcionalidad de las OMP y su concepción de paz como
un fin máximo en los esfuerzos por garantizar la seguridad internacional han tenido
distintas aproximaciones y significados. Esta variedad de interpretaciones ha sido
un problema central para la comprensión de las sociedades en conflicto y su situación
posterior a él en muchas regiones del mundo.
Por esta razón, Naciones Unidas se encargó de definir el mantenimiento de la paz en
1992, con el informe “Un programa para la paz” (ONU 1992) realizado por el entonces secretario general de la Organización, Boutros Boutros-Ghali.
Este informe contiene precisiones teóricas importantes para la implementación práctica
de las misiones, sus estrategias, objetivos y, lo más importante, su entendimiento
sobre el mantenimiento de la paz en el mundo como un espectro de acción más amplio
que el conocido hasta el momento. Con base en este documento, las estrategias de pacificación
pueden sintetizarse en cinco fases:
Figura 1
Las cinco fases estratégicas de pacificación en el modelo dominante de paz
Fuente: Elaboración con base en (ONU 1992).
-
La diplomacia preventiva (preventive diplomacy) o prevención del conflicto, que consiste en “la aplicación de medidas estructurales
o diplomáticas para evitar la escalada de tensiones intra o inter-estatales, y su
posible advenimiento en un conflicto violento”. El objetivo primordial radica en construir
un sistema de alerta temprana que permita recopilar información suficiente para analizar
los factores que impulsan el conflicto en cuestión. Las actividades de prevención
de conflictos pueden incluir el uso de “buenos oficios” hechos por el Secretario General,
despliegue preventivo o medidas que fomenten la confianza entre las partes.
-
El establecimiento de la paz (peacemaking), que “incluye medidas para resolver los conflictos en curso y por lo general implica
una acción diplomática para lograr que las partes hostiles negocien un acuerdo”. Grupos
de negociadores, gobiernos, grupos de Estados, organismos regionales o de las Naciones
Unidas pueden ser enviados para apoyar, fomentar y llevar a buen término las negociaciones.
Estos esfuerzos de pacificación también pueden ser llevados a cabo por grupos no oficiales
y no gubernamentales, o por una personalidad destacada que trabaje de forma independiente.
De igual forma, el Secretario General de las Naciones Unidas puede ejercer sus “buenos
oficios” para facilitar la resolución del conflicto.
-
El mantenimiento de la paz (peacekeeping) es una técnica diseñada para “preservar una paz frágil, es decir, donde se ha interrumpido
la lucha armada, y, asimismo, para ayudar en la implementación de los acuerdos alcanzados
por los pacificadores”. Con el transcurso de los años, el mantenimiento de la paz
se ha transformado de un modelo inicialmente militar, de observación de cese al fuego
y de separación de fuerzas armadas después de una guerra entre Estados, a uno que
incorpora un modelo complejo de diversos elementos (militares, policiales y civiles)
que trabajan en conjunto para ayudar a cimentar una paz duradera.
-
Imposición de la paz (peace enforcement), entendida como la actividad que “implica la aplicación, con la autorización del
Consejo de Seguridad, de una serie de medidas coercitivas, incluido el uso de la fuerza
militar. Dichas acciones son autorizadas para restaurar la paz y la seguridad internacional
en situaciones donde el Consejo de Seguridad ha determinado la existencia de una amenaza
a la paz, quebrantamiento a la paz o acto de agresión.” En este sentido, el Consejo
tiene las facultades para utilizar agencias y organismos regionales para llevar a
cabo estas acciones bajo su autoridad.
-
Consolidación de la paz (peacebuilding), que “involucra una serie de medidas específicas para reducir el riesgo de caer
o recaer en conflicto mediante el fortalecimiento de las capacidades nacionales en
todos los niveles de gestión de conflictos, y sentar las bases de una paz duradera
y el desarrollo”. Esta consolidación funciona evaluando y conociendo las causas estructurales
de los conflictos violentos de forma amplia. Las medidas de consolidación de la paz
dirigen los problemas centrales que afectan el funcionamiento de la sociedad y busca
mejorar las capacidades del Estado para llevar a cabo de forma efectiva y legítima
sus funciones básicas.
Al realizar un estudio más detallado de estas cinco fases, podemos dilucidar varias
cosas. Primero, que estas estrategias de mantenimiento de la paz maniobran en favor
de la preservación del marco antes descrito de paz dominante. Segundo, que el análisis
de cada fase merece un análisis más detallado de su funcionalidad y operatividad en
el mundo. Para empezar, hablar de la prevención del conflicto (preventive diplomacy) resulta un tanto arriesgado si tomamos en cuenta que la idea de que el conflicto
es algo inherente a las sociedades humanas tiene cada vez más peso en los estudios
sociológicos de la violencia. Por consiguiente, la diplomacia preventiva o prevención
del conflicto resulta difícil de comprender en un sistema internacional que difícilmente
se catalogaría como no conflictivo.
Por otro lado, el establecimiento de la paz (peacemaking) nos coloca en la discusión de saber quién o quienes pueden ser considerados como
hostiles con las facultades de negociar un acuerdo de paz, si la paz es algo negociable,
y de ser así, quién o quiénes se encargan de determinar quién y cómo se puede negociar
la paz. Algo sumamente problemático y que abordaremos y ejemplificaremos con mayor
detenimiento en el último apartado de este artículo. Evidentemente, respecto al mantenimiento
de la paz (peacekeeping), el cuestionamiento principal nos remite a la esencia misma de la crítica que hemos
llevado a cabo a lo largo del presente trabajo sobre el mantenimiento del paradigma
de paz dominante.
Por su parte, la imposición de la paz (peace enforcement) nos dirige inevitablemente a preguntarnos si la paz es algo que puede ser impuesto
coercitivamente. ¿Es posible que la paz se implante por medios violentos? La Real
Academia de la Lengua Española señala a la imposición como una “exigencia desmedida
con que se trata de obligar a alguien” o como una “carga, tributo u obligación que
se impone” (RAE 2016). Nuevamente nos situamos en la discusión de saber quién o quiénes, y bajo qué autoridad
y facultades se encuentra para decidir que la paz (y tipo de paz) debe imponerse violentamente.
Asimismo, la imparcialidad con la que se decide en el Consejo de Seguridad qué situaciones
de conflicto pueden asumirse como amenaza o quebrantamiento a la paz, y acto de agresión.
Finalmente, la consolidación de la paz (peacebuilding) reconoce la importancia del conocimiento de las causas estructurales de los conflictos.
Sin embargo, centra su atención en la creación de capacidades estatales (no humanas)
para ejercer su poder sobre la sociedad; y vuelve a la problemática de considerar
al conflicto como un elemento que debe prevenirse y evitarse a toda costa con el fin
de establecer una paz duradera y un desarrollo dentro del paradigma dominante.
El mantenimiento de la paz universal y sus cinco fases representa en realidad la imposición
de un orden basado en ideas, principios y valores particulares de una estructura de
poder legitimada por el Consejo de Seguridad y apropiada por el resto de la comunidad
internacional. Las bases sobre las cuales se asientan las OMP se encuentran efectivamente
obstaculizadas por concebir los conflictos de forma homogénea, como si todos tuvieran
las mismas causas, las mismas consecuencias, y como si para todos hubiera una solución
única dentro de este paradigma. Fuera de ella, en un área gris, no existe solución
ni paz alternativa alguna como se demuestra en el siguiente esquema:
Figura 2
Efectos de la resolución de conflictos desde el paradigma de paz dominante.
Fuente: Elaboración propia.
En efecto, bajo dicho mecanismo reduccionista de resolución de conflictos, estos pueden
ser únicamente atendidos por el conjunto de Estados que conforman la comunidad internacional,
o de manera más precisa, el Consejo de Seguridad. Se da por entendido que fuera de
esta paz, que representa más bien un orden, no existen otras visiones o alternativas,
por entender erróneamente que todo conflicto que surge en el mundo debe ser atendido
en dicho marco, aun cuando los hechos demuestran que los conflictos lejos de solucionarse
únicamente se contienen o peor aún, se agravan.
En este sentido, dicha concepción entraña dos problemáticas: primero, que aquello
que arbitrariamente se considere como transgresión al orden, se confunda deliberadamente
con transgresión a la paz, y, segundo, que ante la incomprensión de las raíces y los
contextos en los que se desenvuelven los conflictos, se desestime el riesgo que se
corre de agravarlos convirtiéndolos en crisis, o simplemente, de no contribuir de
forma positiva o negativa a su resolución. Dos ejemplos de ello fueron las fallidas
operaciones de mantenimiento de la paz desplegadas en Ruanda y Somalia. Ambos países
son un ejemplo de alternativa en la resolución de conflictos a partir de su visión
de la paz, misma que se encuentra fuera del paradigma dominante como veremos a continuación.
Hacia la conceptualización de una paz heterogénea
La experiencia africana es un buen ejemplo de las diferentes visiones que existen
en el mundo en torno a la paz. A diferencia de la comprensión valorativa de la paz
universal usada en la práctica y el discurso, las visiones africanas ofrecen una nueva
dimensión de entendimiento basados en la experiencia y en la preservación de estructuras
históricas de organización social y política asociado al concepto de reconciliación,
que va más allá del enfoque occidental que comprende únicamente la guerra o la violencia
y el mantenimiento de la paz.
De esta forma, presentaremos los puntos que diferencian nuestra comprensión de la
justicia como un principio asociado al paradigma de paz dominante proveniente de sociedades
occidentales, en contrapartida al concepto africano de Ubuntu y su importancia en el proceso de reconciliación de la colectividad. Para ello, abordaremos
brevemente el caso de estudio de Ruanda y las estrategias de consolidación de la paz
implementadas después del genocidio de 1994, perpetrado por la mayoría étnica hutu,
sus milicias y el ejército ruandés sobre la minoría tutsi y los hutus moderados.
En el mismo sentido, abordaremos el caso somalí y su estructura de organización política
y social basada en clanes como una alternativa a la resolución de conflictos occidental
frente al devenir de la guerra civil que inició en 1991 y cuyos estragos aún perduran.
En ambos casos, el objetivo primordial es lograr entender la paz como un concepto
que, más allá de definiciones o principios, contiene experiencias y respuestas a necesidades
concretas y en diferentes contextos. En otras palabras, hablar de una paz heterogénea,
no universal ni dominante, conformada por elementos de distintas características pero
que, al mismo tiempo, forman un camino compartido por todos como humanidad.
El caso ruandés
El Tribunal Penal Internacional para Ruanda se estableció el 8 de noviembre de 1994
para enjuiciar a los culpables de genocidio y crímenes de lesa humanidad. Entre ellos
había funcionarios políticos como el Primer Ministro, Jean Kambanda y el ex alcalde
de la ciudad de Taba, Jean-Paul Akayasu. Asimismo, los tribunales nacionales desempeñaron
un papel importante para condenar a las personas acusadas de planear el genocidio.
Sin embargo, lo que representó un cambio en el proceso de reconciliación en Ruanda
fue el establecimiento de juicios comunitarios, mejor conocidos como Tribunales Gacaca (pronunciar “gachacha”) encargados de deliberar sobre los actos de violencia realizados
por personas que cometieron crímenes durante el genocidio pero no participaron en
su planificación.
Lejos de la idea occidental de castigo, la meta de los tribunales Gacaca era lograr la reconciliación de las personas con la sociedad. Los objetivos perseguidos
por el Gobierno de Unidad Nacional, encabezado por el presidente Paul Kagame, líder
del Frente Patriótico Ruandés (tutsi) fueron proporcionar a la audiencia pública,
a través de dichos juicios, las herramientas necesarias para la reintegración y dilucidación
de los crímenes. Esto como consecuencia de que la mayoría de ellos no fueron esclarecidos
en los hechos (durante y después del genocidio) dada la destrucción del sistema judicial.
Si bien hay algunas críticas hacia los tribunales Gacaca, que van desde la aparente imparcialidad de los juicios hasta la falta de principios
de ley universal y la inclusión de los Derechos Humanos, que proporcionaran condiciones
justas para juzgar a los acusados, es de particular interés notar que la mayoría
de estas críticas han sido formuladas por organismos no gubernamentales occidentales
como Amnistía Internacional o Human Rights Watch (Chakravarty 2006). En este sentido,
es importante subrayar que sería muy complicado entender a los tribunales Gacaca desde este enfoque, dado que estos se fundamentaron en un sentimiento comunitario
generalmente entendido en sociedades africanas como Ubuntu. Es decir, una filosofía que refleja el sentido de pertenencia de cada persona a
su comunidad y que va más allá de la concepción occidental de individuos.
La razón principal que sustenta esta práctica histórica (no tradicional) en las sociedades
africanas subsaharianas, es “la capacidad en una cultura africana para expresar compasión,
reciprocidad, dignidad, humanidad y mutualidad en el interés de construir y mantener
comunidades con justicia y cuidado mutuo” (Mawere y Mubaya 2016, 97) o, en términos simples, la idea de que una persona es una persona por y a través
de las otras personas. Por lo tanto, en esta visión podemos reconocer que la responsabilidad
de los crímenes no es solo de las personas que los cometieron sino también de su comunidad.
La visión que surge de este enfoque sugiere que las personas juzgadas están de alguna
manera “enfermas” y que, por lo tanto, existe la responsabilidad y necesidad de reintegrarlas
a su colectividad para su sanación en ella, haciéndolas recuperar así su humanidad.
De inicio, podemos notar que esta filosofía es diferente a la idea occidental de la
responsabilidad individual de la acción criminal y el tratamiento carcelario de su
castigo (Foucault 2002). Un ejemplo son las palabras del Premio Nobel de la Paz sudafricano, Desmond Tutu,
quien refiere acerca del concepto de Ubuntu, su vinculación con la humanidad y la justicia: “mi humanidad está atrapada, ligada
inextricable en la tuya. Cuando te deshumanizo, me deshumanizo inexora blemente [...].
Tu humanidad entra en su propia comunidad, en pertenencia”.
En realidad, este planteamiento es más que una filosofía dado que también engloba
prácticas sociales, un estilo de vida comunitario y la base fundamental de la política
y la ley dentro de una diversidad de sociedades africanas. En el caso ruandés, dentro
y fuera de las estrategias de consolidación de la paz, Ubuntu representa el núcleo central de la reconciliación. Su ejercicio se da a través de
la figura de inyangamugayo, o jueces comunitarios quienes cuentan con la legitimidad y el reconocimiento de sus
veredictos por parte del pueblo. Colectividad que también participa activamente en
los tribunales por ser con ellos con quien se tiene que llevar a cabo la reconciliación,
de allí la importancia de que los juicios se desarrollen de forma pública.
De esta manera, y solo para dar mayor evidencia a nuestro argumento, algunos autores
están de acuerdo con la sugerencia de que estos juicios han ayudado a apaciguar el
dolor causado por el genocidio, traer justicia y rehabilitación social a las personas
que sufrieron actos de violencia, y, con ello, contrarrestar la transmisión intergeneracional
del trauma (Karbo y Mutisi 2008). Algo sumamente importante para sociedades que han sufrido de actos tan atroces
como el genocidio, y que en Ruanda ha tenido avances considerables desde entonces.
Un ejemplo de ello radica en el cierre del Tribunal Penal Internacional para Ruanda
y de los Tribunales Gacaca, el 31 de diciembre de 2015 y el 4 de mayo de 2012, respectivamente. La experiencia
de Ruanda con los tribunales Gacaca y la idea generalizada de que Ubuntu es una filosofía para la acción pacífica en el África subsahariana, son una muestra
clara de que existen alternativas al paradigma de paz universal. En este sentido,
Ruanda ha dado un paso trascendental que implica alejarse de la paz impuesta en el
sistema internacional y que cuestiona su viabilidad en numerosas sociedades, especialmente
en aquellos países que siguen en conflicto a pesar de los esfuerzos de organismos
internacionales y regionales.
El caso somalí
La experiencia de Somalia ofrece una prueba más de que la paz puede abordarse desde
diferentes
visiones. En este país del Cuerno de África, la estructura histórica del parentesco
se basa en un tipo de linaje paternal o agnaticio conocido como clan, al cual
pertenecen sus miembros según el antepasado de quien provienen. El clan forma
una
especie de contrato social que define los términos de la unidad colectiva dentro
y
entre los clanes, y en el que la responsabilidad de las acciones de los individuos
es asumida por la colectividad del clan, con quienes todo individuo comparte
compromisos en términos de deberes y derechos.
De acuerdo con el reporte del Centro Austríaco de Investigación y Documentación sobre
el País de Origen y Asilo de la Cruz Roja Nacional, esta estructura de linaje,
que
caracteriza a los somalís nómadas-pastoriles, como mayoría demográfica en el país,
se divide en las siguientes categorías:
-
Clan-familia: generalmente, es el límite superior del clan y puede llegar a contar
con hasta 30 generaciones ligadas a un antepasado común. En Somalia, su distribución
no corresponde a las fronteras políticas establecidas durante el colonialismo y asimiladas
por el Estado somalí después de su independencia, por lo que esto representa un motivo
de conflicto dentro y fuera del país.
-
Clan y sub-clan: con hasta 20 generaciones ligadas a un antepasado común, actúa como
una unidad política y con cierto grado de “exclusividad territorial” sobre el espacio
en el que realiza sus desplazamientos estacionales regulares hacia pastizales y asentamientos
semi-permanentes. Esta parte de la estructura de linaje no cuenta con algún tipo de
organización política centralizada, más bien es liderada por un miembro del clan conocido
como “cabeza del clan”. El sub-clan es parte de la estructura mayor y hace referencia
a miembros pertenecientes a un grupo de 10 generaciones (Gundel 2009).
-
Linaje primario: se trata de una estructura particular del clan que describe el sentimiento
de pertenencia de sus miembros a un determinado linaje, por lo general dentro del
marco de 6 y 10 generaciones.
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Grupos Mag: es la unidad más básica, funcional e importante del clan para cada uno de sus miembros.
Se trata de un pequeño grupo de personas (perteneciente a un linaje en particular)
que se compone de unos cientos a unos pocos miles de personas que se identifican con
un ancestro común, alrededor de 4 a 8 generaciones. Estos grupos regulan sus relaciones
sociales y políticas a través de los contratos Xeer, que no son más que las leyes consuetudinarias históricas de Somalia aplicables dentro
y entre los grupos Mag (Gundel 2009).
El significado de la palabra Mag en idioma somalí es “ataque”, aunque también es utilizada en la frase Ebbahai baku la magai que significa “Dios ha decretado esto sobre ti”. En este sentido, podemos deducir
que Mag hace referencia a la voluntad de Dios sobre actos negativos de las personas, en particular
el homicidio, acto castigado por el pago de una sanción económica que es impuesta
a todo el grupo como colectividad que responde a los actos del individuo homicida.
Esto es importante de analizar ya que el pago del Mag como vía institucional de solución de conflictos se vio fuertemente mermado, desde
el estallido de la guerra civil en 1991 hasta la actualidad, como consecuencia del
contexto de violencia e inestabilidad producto de las disputas internas y de las fallidas
estrategias de imposición de la paz ejecutadas por la Unión Africana y su OMP desplegada
desde 2008, así como a otros factores tales como la pérdida de ganado producto de
las sequías y la degradación ambiental.
En suma, se ha generado una situación cuyas características generales no solo imposibilitan
la resolución de conflictos entre los somalís, sino que desmantelan un mecanismo histórico
de contención de la violencia y abren la puerta a la comisión de delitos como el homicidio,
sin asumir la responsabilidad de los actos ni individual ni colectivamente. Por ejemplo,
a inicios de 1993, los niveles de violencia eran tan altos que hicieron que las fuerzas
de mantenimiento de la paz de la ONU, desplegadas en la misión ONUSOM I, y de las
de Estados Unidos, desplegadas en la misión Fuerza de Tarea Unificada (UNITAF) se
hicieran víctimas de constantes ataques, robos y saqueos en sus instalaciones y en
los corredores internacionales de ayuda humanitaria.
La ONU, consciente de que las operaciones militares serían poco fructíferas sin un
proceso de diálogo, coadyuvó a la realización de unas conferencias que facilitaran
el proceso de negociación de la paz. Estas se desarrollaron del 4 al 15 de enero de
1993; y en marzo de ese mismo año, siguieron llevándose a cabo en el vecino país de
Etiopía. Los resultados fueron los siguientes acuerdos: el Acuerdo General del 8 de
enero de 1993; el Acuerdo sobre el cumplimiento de la cesación del fuego y sobre las
modalidades de desarme; y, el Acuerdo sobre el establecimiento de una comisión ad hoc para una conferencia sobre la reconciliación nacional.
Sin embargo, el principal problema fue que estas conferencias nunca contemplaron la
forma histórica de resolución de conflictos basada en el Xeer, que describimos anteriormente, ni otorgó la importancia suficiente a la estructura
de clanes. Al contrario, forjadas al más puro estilo occidental, su objetivo era buscar
una solución rápida a través de la negociación entre las partes en conflicto, particularmente
entre los líderes de las dos principales facciones en conflicto, Mohamed Farah Aidid
y Ali Mahdi, sin un análisis previo de quienes debían estar presentes en dichas negociaciones
o sus razones e intereses para llegar a una paz consensuada. En 1995, el autor Gerard
Prunier expresaba al respecto:
Los nómadas, que deberían estar contentos de que la comunidad mundial haya decidido
“ayudarlos”, tuvieron que adaptarse a los caminos occidentales y hacer la paz de una
manera civilizada, es decir, no reclinándose durante meses bajo los árboles, componiendo
poemas y hablando de guerras pasadas, sino sentándose en las mesas de las habitaciones
con aire acondicionado y poniendo sus firmas en el fondo de un pequeño pedazo de papel.
Las asambleas de clanes y entre clanes, así como las deliberaciones de los ancianos
quienes las presiden, obedecen a otras prácticas y lógicas, así como a otros tiempos
y espacios fuera del paradigma de paz universal. Para Prunier, esta distancia explica
cabalmente la falta de compromiso de las partes en las negociaciones impuestas por
la ONU, dado el desconocimiento o deliberada intención de no cumplir con lo acordado
en las conferencias de paz, ni lo que la comunidad internacional esperaba de estos
acuerdos, ya que su firma en dichos “papeles” no les confería ningún sentimiento de
compromiso.
En consecuencia, como era de esperar, los tres acuerdos no generaron los resultados
esperados por Estados Unidos y la ONU. En la evaluación de sus acciones, encontraremos
que, erróneamente, tomaron con ingenuidad el contexto en el que se desenvolvían los
combates y la naturaleza del conflicto, creyendo que los problemas de inseguridad
se resolverían manteniendo la paz con militares y equipo militar, y, finalmente, que
la operación carecía de conocimiento sobre las formas de organización social y política
de la sociedad somalí, así como sus mecanismos más importantes en la resolución de
sus conflictos.
Conclusiones
Definir la paz representa todo un reto para la academia y para nuestras sociedades.
El vacío que existe actualmente en este concepto ha propiciado la creación de estructuras
de poder político, económico, social y cultural en el mundo, mismo que ha forjado
una serie de valores y principios que suelen asociarse erróneamente con un concepto
de paz universal. El orden mundial forjado desde la creación de la ONU y las respectivas
transformaciones que sufrió durante la segunda mitad del siglo XX, y comienzos del
siglo XXI, consiguió que a través de los Estados asumiéramos una idea de paz ligada
estrechamente a la seguridad de unos cuantos Estados que por su poderío en el sistema
internacional han impuesto sus intereses y su visión de orden como sinónimo de paz.
En efecto, a nivel internacional tiene mayor peso la aceptación y el reconocimiento
de un Estado sobre el gobierno de otro Estado, que el reconocimiento de la satisfacción
de las necesidades básicas de su población. Aquellas luchas sociales en busca de justicia
respecto del orden político, económico o cultural que la subyuga, se reprimen o se
ignoran bajo la idea de que transgredir el orden equivale a transgredir la paz dominante.
Es por esta relación tan compleja que algunos conflictos en el mundo aún no se han
resuelto o simplemente no son objeto de atención mediáticamente hablando.
En este sentido, las experiencias africanas ofrecen solo una de muchas aproximaciones
al concepto de paz. Tal vez podría parecer que los juicios Gacaca son demasiado diferentes a los métodos de resolución de conflicto occidentales, como
han informado algunas ONG’s; o que los mecanismos de resolución de conflictos basados
en el Xeer, el Mag y en la organización tribal tienen un carácter ajeno o “atrasado” al funcionamiento
de nuestras sociedades. No obstante, estas diferencias más allá de ser un obstáculo
para su comprensión representan una posibilidad y un paso muy importante en el reconocimiento
de prácticas y filosofías alternativas al paradigma de paz dominante en el que se
fundamenta el sistema internacional en su conjunto.
Es por eso que tal vez ha llegado el momento de entender que la paz es el reconocimiento
de nosotros mismos como seres humanos y de nuestra capacidad como colectividad para
resolver nuestros conflictos y vivir en armonía entre nosotros y el entorno que nos
rodea. Por supuesto, no podemos olvidar que cada acción pequeña o grande hacia la
paz seguirá siendo vulnerable si no nos comprometemos con la propiedad de nuestro
futuro.
Es tiempo de pensar en la paz no como una paz universal, sino como una paz heterogénea,
llena de experiencias y posibilidades que podemos compartir. Es momento de retomar
nuestra importancia como seres humanos y colectividad frente a los mecanismos del
poder estatal, y escuchar y compartir lo que nuestras sociedades en el mundo tienen
por decir y que ya han silenciado por tanto tiempo.