Ciudades novohispanas dentro de la perspectiva de las Recomendaciones de la UNESCO sobre el Paisaje Histórico Urbano
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Resumen
La extensa porción del territorio mesoamericano colonizado por los españoles en el siglo XVI muestra una unidad en las áreas urbanas, derivada de condiciones similares dentro de la cultura preexistente y los lineamientos de los colonizadores. Por ello, a partir del siglo XVI tanto la arquitectura como el urbanismo mostraron una serie de características similares, ya que las primeras poblaciones se establecieron de acuerdo con las Ordenanzas Reales y, posteriormente, siguieron las Ordenanzas de Descubri- miento, Nueva Población y Pacificación de las Indias promulgadas por Felipe II en 1573. La noción que guiaba estas organizaciones urbanas se derivaba esencialmente de las ideas de claridad y orden planteadas en el Renacimiento, presentes en los prin- cipales tratados.
Resulta necesario revisar el urbanismo de estas ciudades, en particular aquellas que han sido declaradas Patrimonio Mundial por la UNESCO, dentro de lo que fuera el Virreinato de la Nueva España. Así, la Ciudad de México comparte características urbanas claramente reconocibles junto con otros nueve conjuntos: Campeche, Gua- najuato, México, Morelia, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Miguel Allende, Tlaco- talpan y Zacatecas, además de ciertas ciudades que forman parte del “Camino Real de Tierra Adentro”, como San Luis Potosí. A la luz de las Recomendaciones para los Paisajes Históricos Urbanos (Historic Urban Landscapes, HUL) de la UNESCO en 2011, en acuerdo con otras recomen- daciones previas así como algunas Cartas y Declaraciones de ICOMOS a partir de 1964, se podrá señalar un acercamiento a dicho patrimonio bajo un ángulo particu- lar. En efecto, tanto estas ciudades como aquellas que cuentan con una declaratoria para su defensa, podrán apoyarse en estos criterios para acceder a una protección en cuanto a la integridad visual de los sitos y sus entornos; entre particulares, ante la constante amenaza de la densificación y los cambios de uso de suelo, se deberá in- vocar esta Recomendación, en aras de la integridad material y la preservación del entorno humano.