OBLIGACIÓN DE INFORMAR A TODO DETENIDO EXTRANJERO DE SU DERECHO A LA PROTECCIÓN CONSULAR, SEGÚN EL DERECHO INTERNACIONAL
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Resumen
El gobierno de México ha incoado en la Corte Internacional de Justicia (en adelante “la Corte”) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) un caso (Avena y otros nacionales de México.-México vs. Estados Unidos de América); la demanda fue presentada el 9 de enero de 2003. México pide, entre otras cosas, que ese tribunal declare que el gobierno de los Estados Unidos de América (en adelante “EE.UU. de A.”), en su carácter de Parte de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (en adelante “la Convención de Viena”), violó su obligación internacional de notificar a detenidos mexicanos sobre su derecho a recibir protección consular. El gobierno de México espera también que la Corte declare que esa violación impidió la protección consular prevista en esa Convención y el ejercicio de funciones
consulares y, por tanto, el cumplimiento de las formalidades esenciales del procedimiento (due process of law) en cincuenta y dos casos penales seguidos en tribunales estadounidenses contra nacionales mexicanos, los cuales culminaron en pena de muerte para los sentenciados.
El objetivo principal del caso incoado por México es la nulidad de los procesos correspondientes y la revisión de todos los juicios, a partir de una notificación a los mexicanos sentenciados de que tienen, entre sus derechos fundamentales, el de comunicarse con las autoridades consulares mexicanas para solicitar protección.
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