Las reglas importan. El tamaño de la casilla y la abstención electoral.

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Juan René QUIMBAR
Nicolás PINEDA

Resumen

Se hace una breve revisión de las ideas de la corriente neo institucionalista sobre el papel que juegan las reglas en la conducta de los actores políticos y las aplica al caso de la regla establecida en el Código Electoral del Estado de Sonora sobre el tamaño de las secciones electorales o casillas. El estudio establece una sección o casilla electoral puede atender hasta 600 electores en las diez horas que dura la jornada electoral con una sola fila. Tomando en cuenta el porcentaje esperado de abstención de 50 por ciento, la casilla no debe tener un padrón o lista nominal mayor de 900 electores. Sin embargo, en la elección municipal de Hermosillo en 2003 hubo 90 casillas son listas nominales superiores a los 1500 electores. En estas casillas el porcentaje de votación desciende de manera inversamente proporcional al número de electores de la lista nominal desde 56 hasta 40 por ciento. Por cada 100 electores adicionales a los 1500, la participación desciende casi medio punto porcentual. Puesto que esta regla propicia abstencionismo electoral, no se justifica la existencia de secciones o casillas con listas nominales superiores a los 1500 electores atendidos por una sola mesa de votación.

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Cómo citar
QUIMBAR, J. R., & PINEDA, N. (2013). Las reglas importan. El tamaño de la casilla y la abstención electoral. Estudios Políticos, (7). https://doi.org/10.22201/fcpys.24484903e.2006.7.37679